En DAGO NETWORK te ayudamos con los trámites para que solicites el Kit Digital en Burgos y te veas beneficiado por sus ventajas.
Seguramente te hagas muchas preguntas, a continuación te las respondemos todas.
El Kit Digital es una iniciativa del Gobierno de España, el cual ha creado este programa para potenciar la inversión en tecnología, entendiendo que puede suponer un avance significativo en muchos sectores.
Gracias a esta iniciativa se pueden ver beneficiadas pequeñas y medianas empresas (PYMES), subvenciando sus inversiones en determinadas soluciones digitales.
En DAGO NETWORK te ayudamos a conseguir hasta 12.000€ con el programa Kit Digital, con el que podrás potenciar tu negocio, haciéndole más competitivo para la era digital en la que vivimos.
Gracias al Kit Digital puedes beneficiarte de ayudas económicas que llegan a los 12.000€. Estas cantidades varían segun el tipo de solución digital que se busque.
En DAGO NETWORK te ofrecemos las siguientes soluciones digitales dentro del programa Kit Digital:
Diseño y creación de páginas web
E-commerce
Gestión de Redes Sociales
Gestión de Clientes
Inteligencia empresarial y analítica
Gestión de Procesos
Factura Electrónica
Servicios y herramientas de Oficina Virtual
Ciberseguridad y comunicaciones seguras
Presencia en Internet (SEO)
Los tipos de ayudas que puedes solicitar junto con el importe correspondiente se desglosan en la siguiente tabla:
Los tipos de empresas que se pueden beneficiar del programa Kit Digital son las siguientes:
Segmento I. Forman parte de este grupo las empresa con un número de trabajadores comprendido entre 10 y 49 empleados. Estas percibirán una ayuda de hasta 12.000 euros.
Segmento II. Empresas que cuenten con entre 3 y 9 empleados. El importe del Kit Digital será de hasta 6.000€.
Segmento III. Empresas con 1 o 2 empleados o autónomos. Con una cuantía de hasta 2000€.
Los tipos de empresas que se pueden beneficiar del programa Kit Digital son las siguientes:
Existen diferentes segmentos según el tipo de empresa beneficiaria.
Segmento I: la ayuda está actualmente en vigor y está disponible hasta Marzo de 2023
Segmento II: el plazo comienza el día 2 de Septiembre.
Segmento III: el ministerio aún no ha comunicado la fecha de comienzo.
En DAGO NETWORK te damos todas las facilidades posibles para ayudarte a solicitar tu Kit Digital en Burgos.
No dejes pasar esta oportunidad para digitalizar tu negocio.
Existen diferentes segmentos según el tipo de empresa beneficiaria.
En DAGO NETWORK te damos todas las facilidades posibles para ayudarte a solicitar tu Kit Digital en Burgos.
No dejes pasar esta oportunidad para digitalizar tu negocio.
Si quieres que tu empresa se vea beneficiada por las ayudas del Kit Digital deberás cumplir una serie de condiciones para ser beneficiario de este programa. Debes comprobar que cumples con los requisitos de las siguientes columnas:
(Si quieres leer el documento íntegro del BOE donde se explican más detalladamente las bases reguladoras para la concesión de ayudas para la digitalización pincha aquí)
Ser una pequeña empresa, una microempresa o un autónomo.
No tener consideración de empresa en crisis.
Estar al corriente de pagos de las obligaciones tributarias y pagos a la Seguridad Social.
No incurrir en ninguna de las prohibiciones previstas en Ley General de Subvenciones (artículo 13.2 de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre).
Estar inscrito en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores de la Agencia Estatal de Administración Tributaria o en el censo equivalente de la Administración Tributaria Foral.
No estar sujeta a una orden de recuperación pendiente tras una decisión previa de la Comisión Europea.
No superar el límite de ayudas minimis (200.000€).
Disponer de la evaluación del Nivel de Madurez Digital de acuerdo con el test de diagnóstico en la plataforma Acelera pyme.
Una vez lo hayan recibido, las empresas dispondrán de un plazo de seis meses para utilizarlo en hasta cinco servicios (de un año de duración).
El Programa AceleraPyme forma parte del plan del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital. Está destinado a la construcción del ecosistema de referencia de la transformación digital de las pymes nacionales e internacionales.
Está desarrollado por Red.es, entidad dependiente de la Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial, y se enmarca en el Plan de Digitalización de Pymes 2021 – 2025, que cuenta con más de 4.000 millones de euros de presupuesto.
Las soluciones digitales más demandadas por las empresas españolas van desde la creación de páginas web, el posicionamiento y visibilidad en internet (SEO), softwares online de facturación y contabilidad, programas CRM, soluciones en redes sociales, ciberseguridad, etc.
No, sólo podrás elegir una solución digitalizadora por categoría, pero podrás elegir varias soluciones digitales de categorías distintas.
La respuesta es sí.
Pero, existe un condicionante, y es que deberá acreditarse que la sustitución de la solución digitalizadora supone una “mejora funcional” respecto a la anterior.
Queda por conocer exactamente los detalles sobre qué se entiende por “mejora funcional”.
Lo primero, y que causa mucha confusión es que el IVA de la factura es un gasto NO subvencionable que deberá pagar la pyme en el momento que se realice el acuerdo de prestación de la solución digitalizadora.
Tampoco se considerarán gastos subvencionables:
Los intereses de las deudas.
Los intereses de demora, los recargos y las sanciones administrativas y penales.
Los gastos derivados de procedimientos judiciales.
Gastos financieros.
Gastos de infraestructura y obra civil.
Terrenos.
Servicios de telecomunicación y conectividad a Internet.
Los gastos relativos a la compensación por labores prestadas por terceros para la obtención de las presentes ayudas (gastos por prestación de servicios de asesoría, de gestoría).
Los hardwares serán subvencionables, como parte de una solución de digitalización, dispositivos que se incluyan en la modalidad de pago por uso, cuando su suministro sea imprescindible para la prestación de la solución contratada, sin que puedan ser utilizados para otros fines distintos que los de prestar esta solución.
Las subvenciones del Programa Kit Digital provenientes de los fondos Next Generation se consideran un ingreso de la actividad económica y deben integrarse en la base imponible como rendimientos del trabajo.
Las subvenciones, donaciones y legados recibidos se contabilizan como ingresos imputados al patrimonio neto y se reconocerán en la cuenta de pérdidas y ganancias como ingresos.
Los primeros 2.000€ recibidos están exentos de tributación.
Sí, la pyme beneficiaria deberá disponer de firma o certificado digital para poder solicitar el bono digital.
De todos modos, si la pyme solicita la ayuda por cuenta de un tercero, es decir, a través de un Representante Voluntario o un Representante Legal, será suficiente con que éste disponga de la firma o certificado digital.
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